Corte de Copiapó autorizó a Gendarmería a trasladar a centro hospitalario a interno en huelga de hambre

Corte de Copiapó autorizó a Gendarmería a trasladar a centro hospitalario a interno en huelga de hambre

04 Octubre 2019

El fallo sostiene que "es obligación de Gendarmería, de acuerdo a su Ley Orgánica y su respectivo Reglamento, atender el cuidado y atención de las personas privadas de libertad en los recintos penitenciarios y carcelarios que administra".

El QueHayDeCierto >
authenticated user Editor

La Corte de Apelaciones de Copiapó acogió un recurso de protección presentado por el director regional de Gendarmería en favor del interno Nicolás Enrique Cubillos Valenzuela –quien se encuentra en huelga de hambre en el penal copiapino- y autorizó a la institución a adoptar las medidas conducentes para internar, en caso de urgencia, al huelguista en un centro hospitalario.

En fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pablo Krumm, Antonio Ulloa y el abogado (i) Mario Maturana- acogió la acción judicial por estimar que la decisión adoptada por Cubillos Valenzuela constituye un atentado a su vida e integridad física.

El fallo sostiene que "es obligación de Gendarmería, de acuerdo a su Ley Orgánica y su respectivo Reglamento, atender el cuidado y atención de las personas privadas de libertad en los recintos penitenciarios y carcelarios que administra, proporcionar atención médica y alimentación adecuadas a la condición humana y velar por los derechos constitucionales de los internos, en especial por la salud y la vida de aquéllos, lo que permite concluir que dicha institución tiene legitimación activa para deducir el presente recurso".

Añade que "los informes y antecedentes acompañados, confirman que efectivamente el interno mediante una huelga de hambre sostenida, ha cometido una perturbación y amenaza grave contra las garantías constitucionales invocadas, existiendo un peligro serio e inminente que amenaza su vida e integridad física, conductas que revisten los caracteres de ilegales y arbitrarias, correspondiendo a éste tribunal adoptar las correspondientes medidas de resguardo".

Por tal motivo, instruyó a Gendarmería a que adopte las medidas conducentes "para internar en caso de urgencia al huelguista en un centro hospitalario, a objeto de que se le brinde una total y completa atención médica en resguardo de su salud hasta su completo restablecimiento, sin perjuicio de que haga uso de las demás facultades que le confiere a ese Servicio su Ley Orgánica y Reglamento respectivo, respecto a la alimentación del interno, de manera de asegurar su vida e integridad física".

Etiquetas: