Corte de Copiapó confirma sentencia y ordena a empresa minera a pagar indemnización de $12 millones

Corte de Copiapó confirma sentencia y ordena a empresa minera a pagar indemnización de $12 millones

06 Abril 2016

Conozca por qué se condenó a la Minera Arrakis Minería y Minerals en la Corte de Apelaciones de Copiapó.

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La Corte de Apelaciones de Copiapó confirmó la resolución dictada el 14 de diciembre de 2015, por el Cuarto Juzgado de Letras de la ciudad, que condenó a la Minera Arrakis Minería y Minerals a pagar una indemnización de más de $12 millones, por rentas adeudadas desde septiembre 2014, más una multa, por incumplimiento de arrendamiento de una propiedad ubicada en el sector Chamonate de la comuna.

En fallo unánime, el tribunal, integrado por los ministros Pablo Krumm, Francisco Sandoval y Antonio Ulloa, confirmó el fallo de primera instancia, con declaración "que la multa que habrá de pagar  la demandada deberá calcularse a razón 4 Unidades de Fomento mensuales, contadas desde el mes de septiembre  de 2014 y hasta la fecha del pago efectivo".

En primera instancia, el magistrado Ubaldo Basoa Oviedo acogió la demanda presentada por Anton Hraste Carrasco en contra de la empresa minera, ordenando la devolución de la propiedad al declarar terminado el contrato de arrendamiento.

Asimismo, acogió la demanda de cobro y dispuso el pago de las rentas adeudadas desde septiembre de 2014, a razón de 78 UF mensuales, más los reajustes legales y el pago del consumo de los servicios básicos; además de la cancelación de una indemnización por daño emergente, de $12.249.500.

La sentencia confirmada dio por acreditada la vigencia del contrato de arrendamiento, por lo que "este magistrado considera que corresponde dar lugar a la acción de terminación del contrato de arrendamiento celebrado entre las partes sobre la propiedad materia de autos, por cuanto se practicaron dos reconvenciones de pago legales (…) y la parte demandada no efectuó el pago ni acreditó por medio legal alguno, como era su carga procesal, que hubiera pagado de manera íntegra y oportuna las rentas que se cobran en la demanda".