Ordenan la inmediata suspensión de actividades en dos escuelas por nuevas emanaciones de gases

22 Marzo 2019

La Corte de Apelaciones de Copiapó dictó orden de no innovar y dispuso la inmediata suspensión de actividades en las escuelas El Palomar y Jesús Fernández de la ciudad, ante la presencia de gases tóxicos en ambos establecimientos.

El QueHayDeCierto >
authenticated user Editor

La Corte de Apelaciones de Copiapó dictó orden de no innovar y dispuso la inmediata suspensión de actividades en las escuelas El Palomar y Jesús Fernández de la ciudad, ante la presencia de gases tóxicos en ambos establecimientos.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por el ministro Pablo Krumm, la fiscal judicial (s) María José Hernández y la abogada (i) Patricia Schubert, acogió la solicitud del Instituto de Derechos Humanos, debido a que las emanaciones de gases perturban el normal desarrollo de las actividades educativas y significan una afectación a la salud de los estudiantes.

Resolución que tuvo "(…) en consideración la gravedad de los hechos que han afectado a los establecimientos educacionales Escuela Jesús Fernández y Escuela El Palomar, considerando que respecto de la primera de dichas escuelas se constató con fecha 14 de marzo pasado la presencia de gas sulfhídrico y monóxido de carbono, a solo escasos días de que la Ilustre Municipalidad de Copiapó realizara un lavado hidráulico de sus cámaras desgrasadoras, lo cual importa considerar que dicha acción al igual que otras que la recurrida ha venido realizando en los diversos establecimientos de esta ciudad no han sido eficaces para resguardar la integridad de dicha comunidad educativa".

"(…) y habida cuenta también de los eventos que tuvieron lugar en el segundo de tales establecimientos con fechas 19 y 20 de marzo pasado y que no solo perturbaron el desarrollo de las actividades educativas, sino que además significaron una afectación a la salud de algunos de sus estudiantes; y conforme además el principio precautorio y no existiendo ningún antecedente por el momento que permita excluir el riesgo que tales situaciones se repitan hacia futuro; como se pide a la orden de no innovar requerida por el Instituto Nacional de Derechos Humanos, ordenándose la inmediata suspensión de actividades escolares, en los referidos establecimientos y hasta que la recurrida Ilustre Municipalidad de Copiapó acredite que tales situaciones han sido superadas y/o que no revisten una amenaza seria para quienes forman parte de dichas comunidades; comuníquese. Al efecto, ofíciese por la vía más expedita", agrega.

"Sin perjuicio de lo anterior y considerando las medidas posteriores informadas que se habrían adoptado por la Ilustre Municipalidad de Copiapó, la Superintendencia de Servicios Sanitarios deberá informar a esta Corte, dentro del plazo máximo de cinco días, las medidas adicionales que dicho Municipio deberá emprender para efectos de superar de manera eficaz las problemáticas que afectan a la Escuela El Palomar y a la Escuela Jesús Fernández, junto con un cronograma de las mismas. Al efecto, ofíciese por la vía más expedita", concluye.