Seremi del Trabajo informó sobre devoluciones que deben hacer las cajas de compensación

Seremi del Trabajo informó sobre devoluciones que deben hacer las cajas de compensación

07 Agosto 2014

El llamado es a averiguar en la página web de la superintendencia de Seguridad Social  www.suseso.cl 

Comunicados >
authenticated user

La Seremi del Trabajo y Previsión Social Dissa Castellani, informó sobre proceso de devolución de pagos en exceso de crédito social de las Cajas de Compensación, que beneficiará a más de 176 mil trabajadores y pensionados del país.

Al mes de mayo del 2014 el saldo que tenían las Cajas de Compensación por este concepto era de $5.705 millones (equivalente a US$10 millones) y que el monto promedio de pagos en exceso es de $32.350 por acreedor.

Los pagos en exceso corresponden a pagos efectuados que superan las obligaciones periódicas derivadas de créditos sociales contraídos con las Cajas de Compensación, en uno o varios meses.

La autoridad de Trabajo enfatizó que, “ésta es una muy buena noticia. A la gente le deben montos y dineros que puede cobrar en distintas modalidades. A nivel nacional hay identificados cerca de $5.000 millones por concepto de pagos en exceso de créditos sociales. Son 176 mil personas que pueden cobrar y recuperar estos dineros”.

Por lo mismo, dijo que, “el llamado es que se acerquen a las Cajas de Compensación; hay casos de $4 millones que se le deben a una persona, aunque en promedio se les deben cerca de $32 mil a los trabajadores. Estas platas son heredables, los familiares herederos lo puede cobrar”.

La secretaria ministerial anticipó que, “vamos a tomar medidas, lo que queremos es que en lo futuro estos dineros en un 50% estén invertidos en la banca y el otro 50% se utilice en colocaciones de crédito social, lo que corresponde es que sea depositado en la cuentas de los acreedores de manera automática a futuro, eso lo vamos a solicitar”.

Para conocer si las personas son acreedoras de pagos en exceso pueden consultar con su RUT, directamente, a las páginas web de las Cajas de Compensación, las cuales tienen un plazo máximo de 5 días hábiles para efectuar la devolución una vez solicitada.

Se puede requerir el pago en efectivo, la emisión de un cheque nominativo a nombre del acreedor o mediante transferencias electrónica.